La Sala Constitucional de Costa Rica resolvió a favor un recurso de amparo interpuesto por estudiantes de la Universidad de Costa Rica que alegaban discriminación por parte de la Facultad de Ciencias Sociales por no dejarlos participar de una feria de emprendedores.
Según explicaron los estudiantes, ellos ya tenían aprobación previa para participar del evento que se realizó el pasado 10 de marzo de este año. Sin embargo, debido al tipo de contenido que tenían en su stand, fueron obligados a retirarse del evento.
Los jóvenes estaban exhibiendo en la feria material en contra del aborto con la frase “Abortar es matar”, razón por la que la Asociación de Estudiantes de Ciencias Políticas les pidió irse y como ellos se negaron, les quitaron las mesas y sillas.
En la sentencia 2025-032460, el Tribunal Constitucional determinó que esta acción constituyó una restricción arbitraria a la libertad de expresión y que no existía justificación para limitar la libertad de opinión y pensamiento.
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso, ordenando a las autoridades de la Asociación de Estudiantes de Ciencias Políticas abstenerse de incurrir nuevamente en los hechos denunciados. Además, condenó a la Asociación al pago de los daños y perjuicios ocasionados.

